Asistencia de Desempleo por la Pandemia en Arizona

Lerner & Rowe Law Group

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La siguiente información sobre Asistencia de desempleo por la Pandemia (PUA) se creó para ayudar a aumentar la conciencia sobre cómo una persona puede solicitar estos beneficios en el estado de Arizona. Nuestro bufete de abogados no ayuda a presentar una solicitud para los beneficios del seguro de desempleo (UI) o PUA. Tampoco ayudamos a presentar una apelación de los beneficios si una persona ha sido descalificada o negada los beneficios.

Sin embargo, podemos ofrecer orientación sobre si una persona que está sufriendo pérdidas financieras como puede beneficiarse o no al declararse en bancarrota en Arizona.

Asistencia de Desempleo por la Pandemia en Arizona

La pandemia de COVID-19 ha tenido un grave impacto financiero en millones de personas en Arizona. Si bien muchos recurrieron a los beneficios del seguro de desempleo para alivio temporal, a algunos se les rechazó su solicitud, mientras que otros no lo hicieron debido a la naturaleza de su empleo. Afortunadamente, el estado ha implementado el programa de Asistencia de Desempleo por Pandemia (Pandemic Unemployment Assistance, PUA por sus siglas en inglés) para ayudar a las personas con trabajos no tradicionales.

El objetivo de ayudar a aquellos que no califican para los beneficios de desempleo de Arizona en circunstancias normales, PUA brinda asistencia financiera a trabajadores independientes, contratistas independientes, trabajadores temporales y más.

¿Qué es la Asistencia de Desempleo por a la Pandemia?

El programa de Asistencia de Desempleo por Pandemia amplía el alcance del Departamento de Seguridad Económica (DES por sus siglas en inglés) de Arizona. Además de los beneficios estándar del seguro de desempleo y los beneficios adicionales proporcionados por la ley Coronavirus Aid Relief and Economic Security (CARES), PUA le permite al estado ayudar a más personas y proporcionar ayuda financiera adicional.

Los beneficios de desempleo están disponibles para semanas que estuvo desempleado desde el 2 de febrero de 2020 hasta la semana que finaliza el 26 de diciembre de 2020. PUA proporciona un beneficio que oscila entre $117 y $240 por semana, hasta 39 semanas. Las personas que reciban beneficios de PUA también recibirán $600 adicionales por semana en beneficios de compensación por desempleo federal entre las semanas del 29 de marzo de 2020 y el 25 de julio de 2020.

Los resientes de Arizona pueden solicitar PUA a partir de la semana del 12 de mayo. Si su solicitud de beneficios de seguro de desempleo fue rechazada al comienzo de la pandemia de coronavirus, puede calificar para beneficios bajo la expansión de PUA. Si ese es su caso, entonces deberá actualizar su archivo de reclamo y confirmar las semanas que estuvo desempleado.

El brote de COVID-19 ha afectado especialmente a los trabajadores autónomos de Arizona, a los trabajadores independientes y a los trabajadores temporales, ya que no han podido recurrir al gobierno para obtener apoyo. Esperemos que el programa de Asistencia de Desempleo por la Pandemia pueda extender una línea de vida a estos trabajadores.

Póngase en contacto con Lerner and Rowe Law Group

Desafortunadamente, habrá algunos resientes de Arizona que sufrirán pérdidas financieras abrumadoras debido a la pandemia de coronavirus. Para algunas personas, declararse en quiebra puede ser la solución más viable. Los abogados de Lerner and Rowe Law Group están aquí para ayudarlo en cada paso del proceso de bancarrota. Póngase en contacto con nuestro equipo de profesionales legales compasivos y calificados para que pueda volver al camino hacia la estabilidad financiera.

Puede comunicarse con Lerner and Rowe Law Group las 24 horas del día, los 7 días de la semana por teléfono al 602-667-7777, a través de LiveChat o un formulario en línea seguro.

La información en este blog se publica con fines de información básica. Nada de lo que está aquí expresado debería de interpretarse como asesoría legal para ningún caso o situación individual. Esta información no tiene la intención de crear, y la recepción o visualización de ella no constituye, una relación de abogado-cliente.